¿CÓMO NOS CONTROLA EL GOBIERNO?

Posted by barbagris | Posted in | Posted on 19:19


¿CÓMO NOS CONTROLA EL GOBIERNO?
Así funciona Sitel, el "Gran Hermano" de Zapatero El Gobierno se ha dotado de las herramientas tecnológicas y los suficientes agujeros legales para poder pinchar cualquier teléfono en España. También de acceder a sus datos personales. ¿Cómo funciona el "Gran Hermano" de Zapatero?
•Sitel, sin cobertura legal
2009-10-15 LIBERTAD DIGITAL
El sistema Integral de Interceptación de Comunicaciones Electrónicas (Sitel), elaborado por Ericsson para el Gobierno de Aznar durante el año 2000 se ha revelado como una suerte de fruto del paraíso para cualquier espía. Una tecnología que permite al Gobierno, nada más y nada menos, que pinchar todos los teléfonos de España al mismo tiempo y conocer, además de las conversaciones, la identidad del sujeto, su operador telefónico, el punto geográfico exacto en el que se encuentra e incluso el tipo de contrato que tienen.

¿Por qué Sitel es el "Gran Hermano"?

Tal y como describe La Gaceta en una noticia publicada el pasado mes de septiembre, antes de Sitel el proceso era el siguiente:

•1.- La Policía pedía permiso a un juez para pinchar la línea telefónica del sospechoso de un delito.
•2.- Tras obtener la autorización del juez, la Policía informaba al operador telefónico y pinchaba la línea.
•3.- La grabación se llevaba a cabo con un magnetófono y se almacenaba en cintas de casete.
•4.- La Policía mostraba al juez la grabación en una cinta y el magistrado decidía qué parte se incluía en el sumario y qué parte no. Lo desechado se destruía.
Con Sitel, la cosa cambia:

•1.- La Policía está obligada a dar al agente que lleve la investigación toda la información sobre la identificación de la persona, su domicilio, el número de titularidad del servicio, el número de cuenta asignada al proveedor de Internet, la dirección de correo electrónico, la situación geográfica de la terminal, etc. Una información que se facilita antes de que se pida la orden judicial.
•2.- Con esta información en la mano, la Policía pide permiso a un juez para pinchar la línea telefónica del sospechoso de un delito.
•3.- Cuando el magistrado concede el permiso, comienza la vigilancia de las comunicaciones.
•4.- La Grabación se realiza a través del software de Sitel, que además aporta datos como la identidad, la localización o la operadora con la que tiene contratado el servicio. Datos que se pueden recopilar antes de iniciar la escucha.
•5.- El agente realiza las escuchas a partir del material almacenado en Sitel.
•6.- La Policía muestra al juez la grabación y éste decide qué parte le sirve y qué parte se destruye. Siempre se rompe el CD, pero el archivo original continúa en Sitel.
Es decir, que a la luz de las investigaciones que desvela el abogado Guillermo Díaz Bermejo en Noticias Jurídicas, la Policía Nacional, la Guardia Civil y el Centro Nacional de Inteligencia puede obtener los datos de carácter personal de cualquier usuario de teléfonos móviles en cualquier momento y en cualquier punto de España sin necesidad de disponer, para ello, de un permiso judicial.

Así se desprende del artículo 33 de la reformada Ley General de Telecomunicaciones que obliga a la Policía a facilitar al agente encargado de la investigación y con antes de la ejecución de la orden judicial (por tanto con desconocimiento del Juez competente), la información sobre la identificación de la persona, su domicilio, el número del titular del servicio, el número de cuenta asignada por el proveedor de internet, la dirección de correo electrónico, la situación geográfica de la terminal, etc.

Además, el tratamiento de datos de carácter personal que sirve Sitel no está regulado mediante una Ley Orgánica como merece. Así lo señalan el abogado Díaz Bermejo, la fiscalía de Madrid y la Asociación de Internautas, por tratarse de la cobertura de garantías constitucionales.

Tras aquellos recursos, el Tribunal Supremo se limitó a recomendar que elevaran queja al Constitucional aquellas personas que se sintieran afectadas por las escuchas telefónicas o la recopilación de sus datos de carácter personal por parte de la administración.

Aznar paralizó su puesta en funcionamiento

Pese a que pagó 36 millones de euros por Sitel, la Administración Aznar no hizo uso de él. Aquel Ejecutivo no encontró la forma de dar cobertura legal al proyecto y sus dudas quedaron fundadas con sendos informes elaborados por los ministerios de Justicia y Defensa y por el Consejo General del Poder Judicial en 2001 y 2002, que encontraban muchas pegas a la aplicación de Sitel.

Las principales dudas consistían en la necesidad de regular el sistema de escuchas mediante una Ley Orgánica que diera cobertura a la privacidad y la protección de datos en este nuevo marco tecnológico.

Pero cuando Zapatero llegó al poder, decidió valerse de Sitel con la excusa de luchar contra el crimen organizado. Así, lo puso en marcha en 2004 en periodo de pruebas y a partir de 2005 de forma oficial. Pero la cobertura legal siguió siendo un problema.

¿Qué hizo la Administración Zapatero?

Según explica el abogado Guillermo Díaz Bermejo en un extenso artículo publicado en Noticias Jurídicas, el Ministerio de Industria (encargado de tapar el agujero legal) planteó el problema desde el punto de vista técnico y no jurídico. Así, en 2005 colocó el texto legal abandonado por el Gobierno del PP dentro del Reglamento de la Ley General de Comunicaciones, pensando que el agujero estaría tapado.

Pero la Fiscalía de Madrid y de la Asociación de Internautas, mediante recursos ante la Fiscalía General del Estado, recordaban que al tratarse de derechos fundamentales protegidos por la Constitución, Sitel debería estar regulado por una Ley Orgánica y no por un reglamento.

Nuevo parche del Gobierno

Lejos de resolverlo con la promulgación de una Ley Orgánica, el Gobierno aprueba en 2007 la Ley de conservación de los datos de las comunicaciones electrónicas y las redes públicas de comunicaciones, que incorpora de nuevo el texto abandonado por el Gobierno del PP que Industria introdujo en el Reglamento de la Ley General de Comunicaciones dos años antes.

De esta forma, logran que desaparezca el déficit de cobertura legal que tenía el Reglamento. Pero, al mismo tiempo introducen de facto el control del ciudadano por parte del Estado.

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